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¿Preparado para navegar este verano?
@Margarita Ruano - 26/06/2009 06:00h
Se acerca el mes de julio, el inicio de la temporada de verano. En estos momentos, muchas personas están pensando en sus vacaciones y preparando todo lo necesario para poner a punto su embarcación. Para poder navegar, es requisito imprescindible contar con una póliza de responsabilidad civil, de periodicidad anual y renovación automática cada año. Generalmente, el vencimiento de estas pólizas se produce entre mayo y septiembre, por lo que es un momento óptimo para sondear el mercado y comparar todas las opciones que nos ofrecen las aseguradoras.
La mayoría de las compañías españolas comercializan estas pólizas a través de un producto específico, en el que se recogen tanto la garantía principal como aquellas que son opcionales. Aunque las personas que poseen una embarcación de recreo suelen tener rentas medias o altas, las aseguradoras ofrecen productos a medida, que son mucho más económicos de lo que puede parecer en un principio.
La cobertura principal, que es necesaria para la navegación y la estancia en puertos es la garantía de Responsabilidad Civil Obligatoria. Este seguro cubre los daños materiales y/o personales que la embarcación pueda causar a terceros, como, por ejemplo, un golpe con otro barco durante la maniobra de atraque. De no contar con esta cobertura, las autoridades portuarias no permitirían la puesta en agua de la embarcación
Además del seguro obligatorio, se puede ampliar el límite de indemnización con la contratación de una Garantía de Responsabilidad Civil Voluntaria. Si, por ejemplo, causamos daños por un importe superior al límite de responsabilidad civil obligatorio, esta póliza cubriría el importe de los daños en su totalidad.
Esta póliza también actúa para cubrir los daños propios de la embarcación, como los causados por el choque de la hélice con algún objeto en alta mar; el robo del barco o sus accesorios, la pérdida total o abandono del mismo; los daños a sus ocupantes, con una suma asegurada para las garantías de fallecimiento, invalidez y gastos médicos, la defensa jurídica y la asistencia marítima, en la que se remolca la embarcación al puerto más cercano en caso de daños o avería. Asimismo, se podrían incluir otras garantías extraordinarias como: extensión de avería de maquinaría en el Institute Yacht Clauses; Cláusula de Derogación de Velocidad; Cláusula War & Strike; efectos personales; Ski náutico.
Si tomamos como ejemplo una embarcación media para uso privado (lista 7ª) (con una eslora de
Por poner otro ejemplo de otra embarcación de mayor envergadura, y para uso de alquiler a terceros, con una eslora de 25 mtros y 2.000.000 € de valor total de embarcación, para unas garantías de RCO, I.Y.C con franquicia del 0,25% de la embarcación + accidentes + asistencia, estaría en torno a los 13.000 € de prima total anual.
En cualquier caso, el importe final de la prima a abonar depende de distintas variables como la antigüedad de la embarcación, los metros de eslora, el material de construcción, los motores o la zona de navegación. Otra cosa a tener en cuenta a la hora de calcular el importe de la prima es si se trata de una embarcación para uso privado o para alquiler.
Este tipo de clientes suelen requerir un asesoramiento integral que no sólo cubra sus embarcaciones de recreo sino también propiedades como joyas, obras de arte, etc. Un broker de seguros con un departamento especializado en esta área ofrece una atención personalizada, un estudio y diseño del producto a su medida que se adapte a todas sus necesidades. Cada vez hay más compañías que aseguran este tipo de riesgos, así que la competencia facilita encontrar la mejor oferta disponible en el mercado, tanto en coberturas como en costes.
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