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Ferrovial intenta llegar al 28 de diciembre sin concurso de Habitat para no asumir su recompra

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Ferrovial intenta llegar al 28 de diciembre sin concurso de Habitat para no asumir su recompra

@Fátima Martín - 03/12/2008 06:00h

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 Las fuentes consultadas por El Confidencial califican de "desesperada" la medida adoptada por Ferrovial para pedir la impugnación del concurso voluntario de acreedores de Habitat. “Intentan ganar tiempo como sea para que la operación de compraventa no se deshaga y Ferrovial tenga que devolver 1.600 millones de euros por los despojos de Habitat”.

Los días que faltan hasta llegar al 28 de diciembre son claves para entender el movimiento de ficha de Ferrovial. La venta de Ferrovial Inmobiliaria se produjo el 28 de diciembre de 2006. Y un juzgado ya ha admitido el concurso sin que hayan transcurrido dos años desde que se realizó la operación. La Ley Concursal contempla en su artículo 71, capítulo IV, que “serán rescindibles los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración, aunque no hubiere existido intención fraudulenta”.

“Es kafkiano: Ferrovial plantea la impugnación de un concurso de acreedores voluntario de una compañía de la que es accionista para terminar presentando igualmente el concurso voluntario. Son sencillamente prácticas dilatorias para quitarse de encima la espada de Damocles de la retroacción”, sostienen fuentes cercanas a la operación.

Un despacho de abogados especializado en concursos de acreedores consultado afirma que no es habitual una medida como la planteada por Ferrovial. “Normalmente, esta acción suele estar reservada a la propia concursada cuando entra en juego un tercero que plantea el concurso necesario, pero no cuando la propia compañía ya ha presentado un concurso de acreedores voluntariamente”.

Consecuencias “desastrosas” para Ferrovial

Fuentes cercanas a Ferrovial justifican la decisión aduciendo que para actuar conforme a derecho es la Junta y no el Consejo quien tiene que decidir presentar el concurso. Algo que, según estas mismas fuentes, “se habría presentado antes del 28 de diciembre en cualquier caso, porque es lo que dice la ley y es lo que dicen los números”.

En todo caso, la sola posibilidad de deshacer la operación provoca sudores fríos en la constructora presidida por Rafael del Pino. “Las consecuencias son desastrosas”, sostienen las fuentes. “La constructora cotizada Ferrovial debería mencionar en su memoria de 2008 los riesgos jurídicos que tiene por importe de 1.600 millones de euros. Algo que el auditor tendrá que valorar”. Otras fuentes van más allá: “La mayor parte de los beneficios de Ferrovial en 2006 fueron gracias a la venta de Ferrovial Inmobiliaria. Si se deshiciera la operación ¿Qué pasaría con los dividendos de ese año?”, preguntan.

El 28 de diciembre de 2006, Ferrovial presentaba ante la CNMV un hecho relevante el que informaba de la venta de Ferrovial Inmobiliaria a Promociones Habitat por 1.600 millones de euros, operación por la cual obtenía una plusvalía neta de impuestos de aproximadamente 770 millones de euros. Aquel año, el resultado neto total de Ferrovial fue de 1.426 millones de euros, un 242,8% más.

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Opiniones de los lectores (9)

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9. usuario registrado acrz04/12/2008, 09:21 h.

La retroacción en caso de conscursos tiene mucha jurisprudencia detrás, ya que también existía en la legislación anterior de suspensiones y quiebras:
STS 17-3-1988, SAP Burgos 10-01-2002, SAP Madrid 8-3-2001.

El art.71 de la LC establece presunciones legales de actos fraudulentos contra la masa. La compra de Ferrovial inmobiliaria no fue un acto fraudulento y no puede ser rescindida.

http://acrz.edublogs.org

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8. observador3303/12/2008, 16:48 h.

Felicitar a El Confidencial por el articulo, es correcto y descubre la verdad. La intencion de Ferrovial es evitar hacerse cargo de Ferrovial Inmobiliaria, a lo que le puede obligar el juez sin necesidad de existencia de fraude (que nadie a dicho que lo haya). Solo demostrar que la compra ha sido muy perjudicial para la viabilidad de la empresa, es sin duda la principal causa de la situacion actual de Habitat al no poder soportar el endeudamiento, y no generar practicamente ingresos. Asi que desde Ferrovial esperan a ver si llegan al 28 de Diciembre y entonces INOCENTE, INOCENTE.

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7. usuario registrado gijones03/12/2008, 16:46 h.

A reto.

Por favor antes de opinar o no sobre la seriedad de la información, leáse el artículo 71.1 de la Ley Concursal, que textualmente dice que se pueden rescindir "los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración, aunque no hubiere existido intención fraudulenta".

Tal como está redactada la Ley, lo relevante a estos efectos no es si ha habido fraude o no, sino que se trate de "actos perjudiciales para la masa activa" realizados dentro de ese periodo de dos años anteriores al concurso.

Se podrá discutir si es justa o no tal disposición, pero es lo que dice.

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6. usuario registrado fede03/12/2008, 16:37 h.

El artículo 71 de LC establece la posibilidad de reitegración de los actos perjudiciales para la masa aunque no exista intención frudulenta. Esto de por sí debe de ser interpretado restrictivamente por la inseguridad jurídica que supone. La prueba es que las circunstancias en las que se presume el perjuicio son disposiciones a título gratuito, actuaciones con socios, o renuncia a garantías, situaciones claramente injustificables en la gestión de una empresa. Además, el Art. 71.5 establece que en ningún caso podrán ser objeto de rescisión los actos de la actividad del deudor realizados en condiciones normales. Obviamente la actividad de una gran inmobiliaria puede incluir la compra de otra (que no es otra cosa que la compra de activos inmobiliarios) y es perfectamente justificable que se realizó en condiciones normales en el momento en que tuvo lugar y en esas circunstancias del mercado.
No hablemos del caso de la adquisición de FADESA por MARTINSA, en la que medió una OPA, pues ese mismo artículo 71.5 excluye expresamente de rescisión las operaciones del mercado de valores.
Me da la sensación de que la Ley Concursal va a ser la más conocida en los próximos años.

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5. usuario registrado neko03/12/2008, 14:10 h.

Posiblemente los del Pino dejaran de ser lo segundos mas ricos del pais, y todo por su pesima politica de adquisiciones infladas de precio en epocas de boom, dejando al tal Juan Bejar adquirir y desadquirir a capricho. Ya me imagino el ambiente que habria en la cupula de Ferrovial por aquel entonces, de emperador invencible, de vision parcial como el que siempre ha estado en la abundancia. La deuda de Ferrovial es de escandalo, todos en sectores que parecen que iran a menos a corto y largo plazo. Del Pino y tus ideas de Chigago Skyway y aeropuertos britanicos a precio de escandalo, te has pasado.

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