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¿Qué pasa si no presentó ayer la Declaración?

Hacienda IRPF declaración de la Renta plazo sanciones

@Eduardo Segovia - 01/07/2008 06:00h

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¿Qué pasa si no presentó ayer la Declaración?
 

Como es bien sabido, ayer terminó el plazo para que todos los españoles nos retratáramos delante de Hacienda con nuestra Declaración del IRPF. Pero seguro que hubo bastante gente que no la presentó, bien por dejadez, por falta de datos, por olvido, porque el domingo prefirió ver un partido de fútbol antes que pasárselo echando cuentas o directamente a propósito. Si usted se encuentra en esa situación, vaya preparando el bolsillo, porque le va a costar caro.

Lo primero que aconsejan los asesores fiscales es presentar la Declaración, porque Hacienda es menos severa si el contribuyente la entrega voluntariamente -aunque sea fuera de plazo- que si tiene que ir a buscarle. La tentación de hacerse el listillo y jugársela a que Hacienda no te pille no compensa, porque las sanciones son importantes y porque "la Administración tiene ficheros de la gente que presentado declaración en años anteriores y que ha hecho pagos a cuenta, así que te pilla seguro, sobre todo si las cantidades son importantes", explica un asesor fiscal de un prestigioso despacho.

Y cuanto antes se presente la Declaración, mejor, porque los recargos que aplica Hacienda van creciendo con el tiempo. Así, el artículo 27 de la Ley General Tributaria establece que el pago extra es del 5% si se presenta la Declaración dentro de los primeros tres meses tras el fin del plazo; del 10% entre tres y seis meses; y del 15% entre seis y 12 meses -es decir, hasta el 30 de junio de 2009-. Estos porcentajes se aplican sobre el resultado de la Declaración (lo que le sale a pagar). Si pasa más de un año, el recargo alcanza el 20% y, además, se aplican intereses de demora, que son del 7% anual según los Presupuestos Generales del Estado para este año.

Ahora bien, estas cantidades tienen una reducción del 25% por pronto pago. La mecánica es la siguiente: si el resultado de su Declaración es de 1.000 euros, usted la presenta cuanto antes y paga esos 1.000 euros. Entonces Hacienda le manda una carta diciéndole que está fuera de plazo y que tiene que abonar un recargo de 50 euros (el 5%) dentro de los primeros tres meses. Si usted paga esos 50 euros dentro de un plazo que le fija Hacienda, le descontarán el 25%, es decir, 12,5 euros.

Hay otro caso muy poco común pero posible. Es el de una Declaración fuera de plazo que sale cero o a devolver (el contribuyente en esta situación suele asegurarse de presentarla en plazo). En ese caso, no hay perjuicio para Hacienda pero sí un incumplimiento de una obligación formal, lo que supone una sanción de 100 euros según el artículo 198 de la citada Ley. Si hay un requerimiento previo de Hacienda, la sanción es de 200 euros.

Sanción del 40% si te pilla Hacienda

¿Y qué pasa si no se presenta una Declaración que sale a pagar hasta que Hacienda envía un requerimiento? Es decir, ¿a qué se arriesga el que ha decidido jugársela? Pues el régimen sancionador -recogido en el artículo 191 de la Ley- es bastante complicado, así que es mejor verlo con un ejemplo. Siguiendo con una Declaración con un resultado de 1.000 euros, la sanción sería del 50% de esa cantidad (porcentaje para infracciones inferiores a 3.000 euros siempre que no haya ocultación de datos, en cuyo caso es más), que se incrementa en otro 25% porque se ha defraudado el 100% de esa cantidad (si se ha presentado la Declaración pero se ha pagado de menos, no existiría ese incremento). Es decir, un 75%, o 750 euros en nuestro ejemplo.

Pero, por otro lado, hay unas reducciones: del 30% si el contribuyente se muestra conforme y no recurre la sanción (de 750 baja a 525 euros) y de otro 25% si se abona en el plazo que concede Hacienda en su requerimiento: esos 525 se quedan en 393,75 euros. En resumidas cuentas, el que no ha presentado la Declaración y no lo hace hasta que se lo pide Hacienda se arriesga a pagar un 40% más del resultado de la Declaración. Y si éste supera los 3.000 euros, la sanción puede aumentar hasta el 100%, dependiendo de las circunstancias.

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Opiniones de los lectores (7)

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7. LEY01/07/2008, 17:51 h.

Hacienda,a los de la nomina los cruje,pero de la operacion malaya ,o la de Estepona ...etc ni se entera ni son responsables. En este pais la clase media tine menos futuro que un pigmeo en la NBA. El mantener a esa desmesura de administraciones,partidos ,sindicatos,autonomias ,tve (2000M€ DE DEFICIT),abservatorios,asesores,Bruselas,hace el tinglado este inviable,esto es un desmadre. Mientras el individuo cada vez tiene menos derechos y esta mas indefenso ante las ADMINISTRACIONES,tienen hasta el desparpajo de decir (si vds no reclama pues le hacemos descuento)en fin indefension y cara dura para sacar dinero.Luego dicen ¿y por que no denuncian? la respuesta sencilla ¿a quien? a alguin que es juez y parte y que su voz vale mas,aunque sea mentira?.Cada vez hay menos libertad,esUNA DICTADURA

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6. xeneixe01/07/2008, 17:26 h.

Lo que no se entiende es que después de pagar tan altos impuestos y las bajas pensiones de retiro para los precios españoles , como es que no ha salido todavía a la calle con cacerolas,la gente en la madre patria para advertir al gobierno que afine la política. Después cuando la cosa haya empeorado hasta lo imposible, se repetirá la historia, de los tumultos que asombran al mundo.

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5. tribulado tributario01/07/2008, 17:26 h.

Y que pasa si hay problemas técnicos? El programa de ayuda genera ficheros que la propia Web de la AEAT da como inválidos (error en la cabecera del fichero)al intentar enviarlos y después la firma con el DNI electrónico es una auténtica odisea en el ciberespacio. "Si está autorizado para firmar en nombre de terceros pulse aceptar, de lo contrario pulse cancelar" y hagas lo que hagas te sale una pantalla de error tanto si aceptas como si cancelas. Mucho auto bombo sobre las magnificencias de la informática tributaria y el DNI electrónico pero la realidad es que no hay quien lo use...

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4. usuario registrado Pixies7601/07/2008, 12:46 h.

Y yo me pregunto...cómo se le ha podido pasar a alguien presentar la declaración...

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3. economistaincredulo01/07/2008, 11:03 h.

O sea, que si has de pagar 1000 euros y te retrasas un día puedes llegar a pagar 12'5 euros de recargo, y si es a DEVOLVER pagas 100...¿alguien entiende algo?

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