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Gobierno Asturias regula procedimiento para autorización de parques eólicos

EFE - 15/05/2008 12 : 22

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Oviedo, 15 may (EFECOM).- El consejo de Gobierno del Principado ha aprobado hoy las directrices sectoriales de ordenación del territorio para el aprovechamiento de la energía eólica en la región, así como el decreto sobre procedimientos para la autorización de parques eólicos.

Este decreto regulará la apertura de instalaciones y la aprobación de los proyectos de ejecución.

La portavoz del Gobierno, Ana Rosa Migoya, ha explicado en rueda de que con estas directrices se pretende armonizar el desarrollo de las infraestructuras de generación eléctrica en base a la explotación ordenada, equilibrada, compatible y sostenible del recurso eólico.

Actualmente Asturias cuenta con 11 parques eólicos, con una potencia instalada de 276,3 megawatios, más dos en construcción, y están registradas 71 solicitudes para nuevas instalaciones.

Migoya ha destacado que esta medida es reflejo del "compromiso del Gobierno regional con un desarrollo industrial compatible con el medio ambiente que aprovecha de forma eficiente el recurso eólico y supone un ejemplo de la integración de la política energética en el desarrollo territorial y ambiental, que diferencia a Asturias respecto a otras comunidades autónomas".

La portavoz y consejera de Administraciones Públicas ha indicado que las 51 directrices redactadas regulan el impacto territorial de la energía eólica en Asturias.

Ha añadido que en su redacción se tuvo en cuenta tanto el recurso eólico como el impacto sobre el medio natural (incluido el visual), sobre el patrimonio cultural, histórico y arqueológico, el impacto sobre la población y la facilidad de acceso a las infraestructuras, tanto viarias como eléctricas de los parques eólicos.

La consejera ha explicado que la principal característica del documento es la ordenación y zonificación de las instalaciones, y así establecen tres tipos diferentes de parques eólicos: convencionales, de hasta 50 MW de potencia; de autoconsumo, de hasta 6 MW de potencia y hasta tres máquinas, y de investigación, de hasta dos máquinas y que deben ser prototipos.

La aptitud del territorio quedó definida por medio de la zonificación de Asturias, en la que se establecieron cinco zonas sobre las que se señala la potencia máxima permitida del conjunto de las instalaciones a implantar.

En la declarada Zona de Alta capacidad de Acogida se podrán construir todo tipo de parques eólicos sin limitación de potencia total para la zona.

La Zona de Baja Capacidad de Acogida sólo acogerá parques de menos de 15 maquinas y una potencia total para la zona de 150 megawatios.

También se ha fijado una Zona Central con permiso sólo para parques de autoconsumo e investigación y una potencia total para la zona de 100 megawatios y otra Oriental en la que sólo están autorizados parques de autoconsumo y una potencia total para la zona de 50 megawatios.

Por último, en la denominada Zona de Exclusión no se autorizará ningún tipo de parque.

La Zona de Alta Capacidad de Acogida se ha fijado en el occidente de la región, excluyendo la rasa costera. EFECOM lm/jlm

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