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El Banco de España da la razón a los afectados por los clips hipotecarios de Bankinter

Banco de España clips hipotecarios Bankinter permuta de tipos

@Eduardo Segovia - 09/07/2009 06:00h

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El Banco de España da la razón a los afectados por los clips hipotecarios de Bankinter

Los bancos empiezan a tener un panorama muy negro en el caso de los clips hipotecarios. A las recientes sentencias en contra de Santander y Bankinter por este asunto se suma ahora una resolución del Banco de España que da la razón a los clientes perjudicados por este producto. Este dictamen podrá ser esgrimido como argumento de autoridad a partir de ahora en las nuevas demandas que se presenten y que, muy probablemente, hará que los jueces fallen a favor de los afectados.

Los clips hipotecarios son un producto parecido a un seguro contra la subida de los tipos de interés (llamado swap) que se asocia a un préstamo hipotecario, de forma que el cliente se asegura que, si los tipos suben más allá de un determinado nivel, lo que gana con este producto le compensa del encarecimiento de la letra de la hipoteca. El problema es que, si los tipos bajan -y lo han hecho de forma drástica tras la catástrofe financiera del otoño pasado-, el cliente pierde dinero, mientras que sigue pagando lo mismo por la hipoteca hasta que le toque la revisión.

La cosa se complica porque, ante esta situación, muchos de los que contrataron este producto han intentado salirse y se han encontrado la desagradable sorpresa de que eso conlleva una penalización muy importante por parte del banco, de hasta 15.000 euros para las personas físicas y de hasta 40.000 en las pymes. Además, muchos afectados aseguran que ellos no contrataron voluntariamente el producto, sino que la entidad les obligó (como es práctica habitual con los seguros de vida) o bien no les explicó que el clip era para toda la vida porque no había forma de salirse si las cosas iban mal.

Pues bien, el servicio de reclamaciones del Banco de España considera que "se produjo una actuación incorrecta, desde el punto de vista de las buenas prácticas financieras, por parte de Bankinter, en cuanto a la deficiente información en el clausulado contractual sobre el procedimiento y coste de cancelación anticipada del contrato suscrito", según el informe al que ha tenido acceso El Confidencial.

El supervisor parte de que estos contratos tienen "cierto grado de complejidad", lo que exige una información muy detallada y sin omisiones significativas previa a su suscripción por el cliente. Asimismo, considera que "entre la clientela tradicional, conocedora de los productos típicamente bancarios (...), resulta lógicamente difícil de comprender el alcance económico que, en determinadas circunstancias, pueden tener movimientos bruscos en los mercados, o la decisión de cancelar antes del vencimiento".

La clave, la cancelación anticipada

En concreto, el servicio de reclamaciones estima que la cláusula que regula la cancelación anticipada del producto, aunque informa de que la liquidación puede ser negativa, no proporciona la información necesaria para que un cliente pueda comprender el previsible cargo que se efectuará en su cuenta y no incluye ninguna referencias específica al criterio de cálculo de estos costes asociados a la cancelación, sino que únicamente hace referencia a las condiciones existentes en el mercado de tipos. Tampoco se incluye una estimación del coste en el peor escenario.

Finalmente, este dictamen estima que es admisible que el coste de cancelación no sea asumido por el banco, pero no ha informado al cliente de una manera "clara, correcta, precisa, suficiente y entregada a tiempo para evitar su incorrecta interpretación y haciendo hincapié en los riesgos que la operación conlleva". Asimismo, el Banco de España también considera que Bankinter no ha acreditado que se ha limitado a repercutir al cliente el coste real de cancelar el derivado de tipos en el mercado.

El servicio de reclamaciones no tiene competencias para valorar los posibles daños y perjuicios para el cliente, que deben someterse a los tribunales. Pero con este informe en la mano, las demandas que se presenten a partir de ahora seguramente lo van a tener mucho más fácil.

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27. usuario registrado vilareda14/09/2009, 13:43 h.

Al banco de España le consta que las prácticas de Bankinter son indeseables, y más que sabremos.

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26. usuario registrado torque29/07/2009, 16:46 h.

#22 Bankinter ha vendido este producto como un seguro [ellos decían que si tenías seguro de coche, de vivienda, porqué no tener de tu hipoteca??]. Han formado [deformado] a sus comerciales con esa equívoca doctrina para engañar a su clientela. Y todo porque un clip Bankinter supone cambiar un tipo variable de, como muy bien explica afilador, por otro tipo fijo que incluye [y complemento el comentario de afilador] otro diferencial más para el banco. Para que os hagais una idea del negocio que le suponía al banco, llegaban a ofrecerlo a hipotecas de fuera de Bankinter!!!!! [Bestial!!!]
Ejemplo:

Tu pagas en tu hipoteca Euribor + 0,40
Bnakinter te ofrece un tipo fijo del 4 [cambiamos el Eurobor por el 4 fijo = 4,40%

Bien pues ese 4% que nos ofecen fijo es realmente un 3,5% [que es realmente el tipo fijo] + 0,5% [que es un nuevo diferencial que aplica contra el tipo fjo]

RESULTADO: BANKINTER DUPLICABA SU BENEFICIO POR MÁRGEN EN CADA HIPOTECA QUE "ASEGURABA": NEGOCIO REDONDO.

¿Ahora veis o qué de tnta efusividad para venderlos? Eso no era un seguro... era un negocio seguro para el banco.

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25. usuario registrado marialado10/07/2009, 16:31 h.

Hola, hace un año me ofrecieron una cobertura de tipos en caixa galicia entre el 3.8 y 5.8 y quedamos en que lo hablariamos.[no hablamos mas del tema].Resulta que nos tocó revisar la hipoteca en junio y se nos ha rebajado 400€, pero voy a actualizar la libreta y me encuentro con un cargo de 254€, le pregunté en el banco de que era y me dicen que es de lo de la cobertura de tipos, les pido que me enseñen el contrato y me dicen que el contrato está sin firmar, entonces les digo que me cancelen el "seguro" y me dicen que tiene un coste, les digo que como va a tener un coste puesto que yo no he firmado nada, me dicen que no hay vuelta atrás que en caso de que subieran los intereses que no tendría problema porque el banco me devolvería dinero, les vuelvo a insistir que me lo cancelen y me dicen que tendría que pagar 11.200€, me he quedado.......
Tengo el contrato [sin firmar] en manos de un abogado.
Si alguien me puede ayudar mi e-mail es:tladogonzalez_arroba_yahoo.es
Un saludo

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24. usuario registrado zapastre10/07/2009, 13:17 h.

Que una entidad bancaria o muchas jueguen con el desconocimiento de sus clientes haciendoles creer que es una modalidad de seguro o un tipo de hipoteca, como es mi caso, firmandola el CONTRATO el mismo dia de la hipoteca a las 3 de la tarde, sin un solo aviso de advertencia ni anticipandote información, ni una sola palabra de que era realmente lo que estabas firmando, poniendo en peligro a mi familia y mi casa, que ahora por 40 euros mensuales que me han dado durante un año me quieran cobrar 650 al mes es para quitarles la piel a tiras, sin un solo aviso que la cancelación anticipada me puede suponer 24000 euros que no tengo y debo seguir haciéndo pasar hambre y privando a mis hijos de lo que se merecen solo por que desde la direccion dieron la directriz de inducir o obligar a los clientes mas expuestos al riesgo a firmar

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23. usuario registrado sinbarba10/07/2009, 08:01 h.

Afilador muchas gracias por tu explicacion con un ejemplo.
Creo que esta operatoria requiere unos conocimientos muy solidos y nadie debería aceptar una atadura así durante la vida de la hipoteca.

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