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EMPRESAS

El Gobierno cede a la presión de las grandes empresas y rebaja los requisitos para deducirse las plusvalías

plusvalías

@Eduardo Segovia - 20/06/2007

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El Gobierno cede a la presión de las grandes empresas y rebaja los requisitos para deducirse las plusvalías
   El ministro de Economía, Pedro Solbes (Efe).

Un enorme suspiro de alivio se ha escuchado en la sede de numerosas grandes empresas y entidades financieras españolas. El Senado ha corregido una de las mayores amenazas fiscales que se cernían sobre ellas: los durísimos requisitos para acogerse a la exención por reinversión de las plusvalías. Unos requisitos que, en la práctica, hacían prácticamente imposible aplicarse esa deducción.

La enmienda introducida por el Gobierno en la Cámara Alta, aunque se refiere a todo tipo de empresas, beneficiará especialmente a las más grandes. De hecho, fuentes jurídicas aseguran que ha sido la presión de estas entidades la que ha conseguido esta modificación. En la mente de todos, las ventas de numerosas inmobiliarias (Colonial, Ferrovial Inmobiliaria, Urbis, etc) y, por supuesto, la mayor plusvalía de la historia de España: la de Caja Madrid en Endesa, valorada en más de 2.400 millones de euros.

La deducción permite que los beneficios extraordinarios tributen al 18% en vez de al 32,5% del Impuesto de Sociedades este año, y al 30% a partir del próximo. Inicialmente, Hacienda introdujo en el proyecto de la ley que modifica este tributo un criterio muy restrictivo, que obligaba a reinvertir las plusvalías en empresas en las que más del 50% del activo consistiera en inmovilizado material o inmaterial. Este porcentaje no se cumple en casi ninguna empresa o banco; “ninguna de las empresas del Ibex lo cumple, porque quieren tener poco inmovilizado y mucho circulante”, explica un experto fiscalista de una entidad financiera.

“El criterio de Hacienda era que no hay que incentivar fiscalmente la generación de plusvalías en empresas productivas para reinvertirlas en inversiones financieras. Por ejemplo, no incentivar que Caja Madrid venda Endesa para comprarse un banco digamos en Hungría”, explica la fuente jurídica citada. De hecho, esta deducción, junto a la del fondo de comercio, había sido el motor de las grandes compras en el extranjero por parte de empresas españolas –Abbey, O2, BAA, etc.-, y había provocado acusaciones de dumping fiscal en otros países europeos. La Comisión Europea llegó a amenazar a España con considerar estas deducciones como ayudas de Estado.

Sin embargo, el Senado ha dado marcha atrás, y la redacción que saldrá de la Cámara Alta permitirá reinvertir las plusvalías en sociedades con el único requisito de que el 50% del activo esté afecto a actividades empresariales, sin distinguir entre inmovilizado o circulante. Lo cual permite invertir en casi cualquier sociedad, inmobiliarias incluidas (habían quedado excluidas en la redacción inicial, puesto que su activo es principalmente suelo, que se considera circulante). También será válida la reinversión en sicavs, aunque en este caso hay límites.

Efectos retroactivos

Además, esta relajación tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero de este año. Lo que se mantiene son dos requisitos tradicionales para esta deducción: que se adquiera al menos del 5% del capital de la empresa y que se reinvierta no sólo la plusvalía, sino el importe total de la venta que ha generado esa ganancia.

Como es de suponer, esta modificación ha sentado muy mal en Hacienda. “El Fisco había metido un gol a los políticos con estos requisitos, y ahora éstos le enmiendan la plana”, comenta el experto de la entidad financiera. Las fuentes jurídicas concluyen que “no tiene sentido mantener este tipo de deducciones ligadas a la reinversión; lo lógico sería que tributaran directamente al 18%, igual que en el IRPF. De hecho, muchas empresas se planteaban traspasar activos a sus socios para beneficiarse del 18% de las personas físicas”.

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Opiniones de los lectores (3)

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3. FBMiércoles, 20/06/2007, 17:05 h.

Francisco, pues a mí no me parece mal que se mantenga esa tributación. Otra cosa sería a la desinversión en mobiliarios para invertirlos en 1ª vivienda. Ahí sí que habría que eximir las plusvalías. La segunda residencia no es ni un bien de inversión, sino de lujo. La primera residencia es un bien de primera necesidad cuyo derecho está recogido en la C.E.

2. FRANCISCOMiércoles, 20/06/2007, 13:33 h.

El poder es el poder, gobierne quien gobierne... y los empresarios están a bailar al ritmo que marque el que "lleva la batuta". Pero los superpoderosos y sus "lobbies" mandan por encima del gobierno, siempre se salen con la suya pues en caso contrario, el gobierno sabe que lo va a pasar muy, pero que muy mal...

¿Para cuándo las ventas (+plusvalías) generadas por la venta de activos mobiliarios podrán desgravar en la compra de otros activos inmobiliarios? Me refiero a la amplia clase media, sujeto activo del IRPF que tras la venta de algunos ahorrillos para hacerse con una 2ª residencia, le pega el palo Hacienda. ¿Sugerencias?

1. yebleMiércoles, 20/06/2007, 12:23 h.

Muy en la línea del Gobierno Zapatero, decir una cosa y hacer otra, o mas sencillo EMBUSTERO......

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