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Acerca de ...
@Luis Trigo .-Es socio y Director Nacional del Área Fiscal de Broseta Abogados. Lleva 23 dedicado al asesoramiento fiscal en despachos nacionales e internacionales y en empresas multinacionales, labor que ha compatibilizado con la docencia universitaria como profesor de derecho financiero y tributario, así como impartiendo clases en diversos master y cursos de posgrado. En unos momentos en los que las políticas fiscales han vuelto a tomar protagonismo seguirá con mirada crítica las propuestas, decisiones de la Administración y cambios normativos en materia tributaria y de gasto público.
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Luis Trigo 31/03/2011 07:30h
A veces norma y costumbre transitan por caminos divergentes y cuando la distancia entre la una y la otra aumenta es fácil instalarse en el peligroso espacio de la arbitrariedad.
Forma parte de nuestro lenguaje cotidiano (sin que desde luego tenga cabida en el Código Penal) distinguir entre lo prohibido y lo terminantemente prohibido. Tratar de explicar la diferencia entre ambos conceptos a un ciudadano de algún país más comprometido con el respeto a la Ley es una empresa imposible, pues lo que es contrario a la Ley no precisa de matiz ni refuerzo alguno, ya que el matiz conduce necesariamente al cuestionamiento de la norma y probablemente a pensar que su eficacia depende de aspectos ajenos a la misma y más bien vinculados a sus mecanismos de control.
Me explicaba mi hija que su “cole” tiene establecido un sistema de amonestaciones consistente en dar al alumno sancionado un papel amarillo para entregarlo a sus padres. “O sea, le dije, que si te portas mal, te dan un papel amarillo” a lo cual ella me contesto: “no, si te portas mal, no… si te pillan”. Y claro lo que se aprende bien de pequeño no se olvida de mayor, razón por la cual, aproveché la oportunidad para introducir a mi pequeña en el conocimiento de alguna noción jurídica elemental, escuchándome con cara de estar pensando “este papá no sabe como funcionan las cosas en el colegio”.
Sucede que cuando no se ha sabido inculcar el respeto a la Ley, la única medida que encuentra el legislador para imponer su cumplimiento es el establecimiento de sanciones desmesuradas, basculando sobre el miedo y no sobre la conciencia ciudadana el factor determinante del acatamiento de la norma, haciendo del castigo ejemplarizante el medio de difusión de la capacidad represora de la autoridad y la advertencia de que tú puedes ser uno de los pillados. Las actuaciones en las que se ven involucrados artistas, cantantes y otros personajes públicos trascienden rápidamente a los medios. Sería ingenuo pensar que es por casualidad.
Lo malo del modelo es que o es capaz de dotarse de sistemas de control implacables o, en determinadas circunstancias, puede llegar un momento en el que sectores de la población prefieran jugársela y se instalen en el incumplimiento, siendo caso aparte la de aquellos que se especializan en la elusión consciente planificada y alevosa de la misma.
Todo esto viene a cuento del anuncio del Gobierno del establecimiento de un posible cauce de regularización de la economía sumergida.
A fecha de hoy no se dispone de información sobre la concreción de la idea, pero la mera sugerencia de la misma evidencia, la asunción del fracaso de la fase represiva y el paso al siguiente escalón en este proceso de deterioro del sistema: el establecimiento de medidas excepcionales que de una u otra manera excluyan o moderen las consecuencias del incumplimiento.
Es especialmente llamativo que se piense en ello, cuando todavía está fresca la tinta del BOE en el que se publicaba el Plan de Control Tributario para 2011, en cuya exposición de motivos se señalaba que “se potenciarán las acciones destinadas a combatir la economía sumergida, que se acometerán de un modo conjunto y coordinado con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y con la Tesorería General de la Seguridad Social, para lo que se prevén acciones de carácter presencial”.
Desde mi punto de vista el problema está en el origen, y el desafortunado camino recorrido ya no se puede desandar, pero, llegados a este punto, mi posición personal ante este tipo de propuestas es pragmática y no consiste en rechazarlas por entenderlas incompatibles con el principio de legalidad. Es muy criticable que un Estado de Derecho sea incapaz de asentar en la ciudadanía una conciencia colectiva de respeto a las reglas del juego, pero también es cierto que el inmovilismo basado en posiciones idealistas es poco útil e impide, en situaciones de necesidad, avanzar constructivamente hacia cambios que pueden ser muy provechosos para todos.
La OCDE alienta a los estados a que favorezcan los mecanismos de regularización voluntaria de situaciones de incumplimiento y pueden llevarse a cabo procesos que sean plenamente compatibles con la Ley.
Ha de presumirse que el fin perseguido es correcto y que no se busca encontrar atajos para modificar estadísticas, enfoque mezquino que acabaría volviéndose contra sus promotores. Sobre la base de la regularización, como una oportunidad para que las empresas instaladas en la economía oculta salgan a la luz y comiencen a contribuir y den la oportunidad a sus trabajadores de quedar cubiertos por los sistemas de protección pública, sin aplicación de sanciones, pero sí con facilidades para ponerse al corriente en sus obligaciones, la idea es asumible y provechosa.
No obstante, para no pecar de idealismo, pero por el otro lado, hay que ser muy conscientes de que la huida hacia la economía sumergida en muchos casos se ha producido por una mera cuestión de costes y que en una situación política como la actual (de término de la legislatura) es muy probable que se sumen la escasez de recursos en las empresas regularizables con la desconfianza en la fortaleza de la Administración para conducir el proyecto con la autoridad que corresponde.
El panorama invita poco a la confianza, pero dejemos que nos lo expliquen y veamos que sale finalmente de la chistera del mago.
1 .-
La economia sumergida en muchos casos es una cuestión de supervivencia.
¿Que costes tiene por ejemplo un trabajador autónomo que quiera salir de la "ilegalidad"?. Cotizar a la SS [250€/mes como mínimo]presentación trimestral de IVAS, [que no se le pase ni un soló dia] ó sanción, tendra que pagar a un asesor probablemente para que se lo lleve.
Hacer de recaudador de hacienda recoger las facturas, llevar una contabilidad por mínima que sea........
No se dan cuenta que al final el coste de todo esto es más de 1/2 de lo que va a ingresar. Lo que yo me pregunto es como todavía hay autonomos que no estan sumergidos.
Gobernantes, simplifiquen el sistema. Viene a mi memoria cuando estudie Historia el tan criticado "diezmo" que habia que pagar a la Iglesia. Ojala tuvieramos que pagar solo el diezmo, ahora es el cinquendiezmo.....