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Pepe, Real Madrid, régimen de expatriados, fiscalidad
@D.Toledo - 05/11/2009 06:00h

El fin de la Ley Beckham devuelve a un plano terrenal la fiscalidad de los extranjeros que vienen a trabajar a España. Y es que las diferencias tributarias con el resto de países europeos, desde la entrada en vigor de la norma en 2004, son abismales. Pepe, jugador del Real Madrid cuyos ingresos netos rondan los dos millones de euros, le cuesta al club cada año 2,68 millones, sumados los pagos por IRPF y a la Seguridad Social. Si jugara en el Milan, Berlusconi tendría que poner sobre la mesa más de cuatro millones, fruto de un tipo máximo en la imposición personal del 43% sin régimen especial para expatriados. Un escenario también provocado por la costumbre entre futbolistas y clubes de negociar en términos netos.
El Gobierno aceptó el martes modificar la Ley Beckham, aprobada por el Gobierno de José Maria Aznar y que permite a los extranjeros que vienen a trabajar en España tributar durante seis años a un tipo fijo del 24% por las rentas obtenidas en nuestro país, en vez del 43% de los españoles. A partir del año próximo, estas ventajas dejarán de aplicarse para los nuevos contratados foráneos que cobren más de 600.000 euros. Según una comparativa de Ernst&Young Abogados, el cambio arrebata a España el título que hasta ahora atesoraba como país con los menores costes fiscales para los directivos y profesionales extranjeros. También para los futbolistas.
En Alemania, el tipo máximo en imposición personal se sitúa en el 45%, sin ninguna ventaja para los extranjeros. Si Pepe se decidiera a fichar por el Bayern de Munich, el equipo bávaro asumiría por él un coste de 3,6 millones de euros, menos que en Italia, en tanto las cargas de la Seguridad Social son más reducidas. En Reino Unido, el tipo máximo subirá a partir del mes de abril del 40% al 50%, aunque se contemplan importantes exenciones. Una de ellas es que, durante los tres primeros años, se considera exenta la parte proporcional del salario equivalente a los días que el directivo recibe y cobra en otros países a los que se traslada ocasionalmente por motivos laborales.
La situación es similar en Francia, donde el tipo máximo es del 40%, aunque los expatriados tienen ventajas concretas. De hecho, si se cumplen ciertos requisitos, queda exento de gravamen el 20% del salario si el profesional trabaja fuera del país durante un tiempo, así como los complementos de expatriación, como casa, colegio, coche, seguro privado, etc. Especialmente beneficioso es el trato fiscal que se dispensa a los extranjeros que se instalan por trabajo en Portugal, donde el tipo del 42% se queda en el 20% para los asalariados y también para los autónomos durante diez años. En el caso de Holanda, aunque el tipo máximo es el más alto de los países analizados, con un 52%, el 30% del salario queda excluido de tributación 10 años.
No es fútbol todo lo que reluce
Salvador Ruiz Gallud, que actualmente es socio de la consultora Equipo Económico, era director de la Agencia Tributaria en la época en que se gestó la Ley Beckham. “La reforma ahora de esa ley implica una visión miope, populista y centrada en un ámbito económico que no es el que se tuvo en cuenta para elaborarla –expone a El Confidencial-. Y es que se centra en los futbolistas, pero su finalidad era atraer capital humano a España. Si la aplicas, recaudas un 24% del IRPF. Si no lo haces, recaudarás cero porque nadie vendrá. Y estaba pensada para profesionales de prestigio, que generan know-how, que llevan equipos, que toman decisiones desde España”.
En esta línea, añade que no es razonable fijarse sólo en el IRPF, cuando “ese ejecutivo o profesional también va a pagar otros tributos por el hecho de radicarse en España. Pagará IVA en cuanto consuma, el Impuesto de Matriculaciones si se compra un coche, el IBI si se hace con una casa, etc. Los Presupuestos maltratan la I+D. Esta era una fórmula de poder atraer a investigadores que sabían que iban a tributar por sólo un 24%. De hecho, muchos están opinando sin conocer la norma: para poder acceder a ella había que ser un no residente durante los últimos diez años y se aplicaba durante el año de cambio de residencia y cinco más. Luego pasaba a tributar como cualquier otro residente”.
No es muy diferente la percepción de Bárbara Pardo de Santayana, socia del Área de Expatriados de Ernst&Young Abogados. “Es una pena que el debate se haya quedado en lo más mediático, que son los futbolistas. Está claro que hay un gran número de expatriados que están por debajo de 600.000 euros al año y a ellos no les afecta la modificación, pero también hay otro porcentaje, se puede calcular en torno al 10%, que puede ganar más de esa cantidad. Muchos ejecutivos vienen con un paquete generoso y la norma de 2004 ha traído a España muchas empresas”, explica a este diario.
“Lo que se percibe desde fuera con esta decisión es que éste era un país atractivo fiscalmente y ahora no lo es. Justo precisamente cuando hedge funds y otros negocios que estaban en Inglaterra, con un tipo marginal del 50%, han cerrado y estaban buscando país donde instalarse”, lamenta. ¿Qué pasará con los futbolistas? “Es obvio que van a dejar de venir. Por eso no tengo tan claro que Hacienda vaya a aumentar su recaudación. Sin contar con que se va a dejar de fichar y eso alejará la inversión, la publicidad…”, remacha.

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