publicidad
DESDE LONDRES  ,  J. Jacks

Cuidado con las preferentes: los accionistas pagarán el rescate de las entidades

Acerca de ...

@J. Jacks .-Desde Londres se ha convertido, con el paso del tiempo, en una de las referencias entre los participantes en los foros de Cotizalia por sus amplios conocimientos sobre cuestiones económicas, financieras y de mercados y su notable capacidad didáctica y explicativa. Se incorpora, desde un necesario anonimato, a nuestras páginas con un blog semanal donde espera poder compartir con ustedes su particular visión sobre el convulso mundo actual.

@J. Jacks - 20/04/2010 06:00h

La Comisión Europea (CE) exige a los accionistas y compradores de deuda Híbrida de entidades que reciban ayudas públicas que “compartan la carga” del rescate y sean co-responsables del saneamiento de dichas entidades, según el informe “Burden Sharing and Bank Hybrid Capital within the EU”. Esto tiene implicaciones graves para el todo el sistema y especialmente para los poseedores de deuda subordinada y los accionistas de esas entidades.

Los orígenes: el arte de convertir deuda en capital.

En Reino Unido, las entidades convencieron a las autoridades que la deuda era capital, cosa sorprendenyte cuando menos. Crearon sociedades que emitieron deuda (híbridos) que no computaría como tal en sus balances, sino como capital. Para colocarla a los inversores, necesitaban una agencia “abierta” a la idea y la encontraron en Moody’s que la calificó como capital en la proporción 25%-75%. Todas las entidades adoptaron esta deuda y los híbridos acabaron como capital con el visto bueno general. En España, se constituyeron bajo la forma de Subordinadas y Preferentes. Las emisiones de esta deuda eran ganancias para todos. Las entidades aseguraban sus ratios de capital Tier 1 y Tier 2 a un coste reducido (siguiendo las recomendaciones de las autoridades financieras), obtenían una mejor calificación que emitiendo deuda “normal” y los inversores recibían un interés mayor al de otras deudas y su capital al vencimiento (las entidades no estaban obligadas a hacerlo pero era la práctica lo hacían).

La crisis del 2007, la aparición de la CE en escena y el futuro.

El matrimonio de conveniencia entre inversores y entidades acabo cuando DB no rescató una emisión y otras entidades siguieron esa senda de incertidumbre para los tenedores de los activos (Sabadell con emisión de €300 millones cuando emitía una nueva y Northern Rock defiriendo el pago del cupón).

La crisis motivó que los gobiernos concedieran ayudas a las entidades en dificultades y la CE respondió con ese informe declarando que las entidades que habían recibido ayudas públicas no podían pagar sus obligaciones por esta deuda con sus inversores. Moody’s y Fitch aplicaron este principio y modificaron su criterio de calificación de esta deuda. Como resultado, las entidades europeas, a medida que recibían ayudas públicas, sufrieron la rebaja de la calificación de su deuda (Lloyds, RBS, ING, Dexia…“Fitch Sees Elevated Risk of Bank Hybrid Capital Coupon Deferral”).

Después de las entidades europeas, el siguiente paso han sido las españolas. Fitch rebajó la calificación a €30.000 millones de esta deuda y Moody’s acaba de colocar la de 18 entidades como “Calidad Cuestionable” o “capacidad incierta de pago” (Bankinter, Banesto, Bancaja, Popular, Caixa Tarrasa, Banco de Valencia…).

Los compradores de estos híbridos deberían tener cuidado. La CE (y un regulador) exigieron a una entidad que recibió ayuda pública que no pagara sus cupones e hizo responsable del rescate a estos compradores. Hay mucho en juego (las entidades obtienen beneficio con su propia deuda) pero mucho que perder. Sería tentador para las entidades acogerse al informe de la CE o pedir fondos al FROB para no pagar cupones. Estamos hablando de €10.320 millones de nuevas emisiones y de €4.000 millones en cupones.

El problema no es sólo de unas entidades. Parte de las emisiones de preferentes se deben colocar en el tramo institucional. La práctica habitual es que las entidades se compren entre ellas sus emisiones, por lo que el problema se extiende a casi todo el sector.

Un problema que afecta igualmente a los accionistas de las entidades financieras.

Pero los efectos del informe de la CE no acaban en los poseedores de preferentes. Los accionistas deberían tener cuidado también. El informe indica que “las ayudas públicas tienen que basarse en la distribución de la carga de los costes entre accionistas, acreedores y estado”. Parte del sector ya ha recibido ayudas (la última €2.155 millones) y es cuestión de tiempo que los bancos pidan ayuda también.

Más aún, la nueva normativa sobre capital del Reino Unido y de Basilea recoge la idea de compartir problemas y la co-responsabilidad de los accionistas en los rescates públicos. La cuestión del porcentaje de “distribución” de la carga está pendiente de aclararse. ¿Deben los accionistas aportar el 50% del coste del rescate? ¿el 20%? ¿el 80%? Por qué un accionista debe responder de la mala gestión de una entidad también es cuestionable. El inversor asume su riesgo y algún gobierno ya forzó a los accionistas a asumir deudas de las entidades (Suecia 1992) pero la CE sienta un precedente grave. Una vez abierta esta puerta, ¿qué impide que las entidades lo apliquen a otras deudas? De hecho, Fortis y ABN decidieron no rescatar emisiones de titulizaciones hipotecarias.

El informe de la CE parte de una buena idea (evitar la distorsión de la competencia entre entidades que reciban ayudas públicas y las que no) pero crea inseguridad en el sistema, agrava las dificultades para conseguir capital para las entidades y extiende el problema a otros sectores (aseguradores que invertían en esta deuda para sus coberturas de riesgos). Es discutible que los impuestos sirvan para ayudar a unas entidades y es discutible que un accionista de una entidad sea considerada tan responsable del pago de la ayuda pública como sus gestores.

Que un organismo público exija “la distribución de los costes entre accionistas, acreedores y estado” es un pésimo precedente contra los ciudadanos. Que un organismo público, que en teoría debería de estar para la defensa del inversor, exija a las entidades que no paguen sus deudas, no es el camino para devolver la confianza de los ciudadanos al sistema bancario.

Valorado (5/5) Valorado (5/5) Valorado (5/5) Valorado (5/5) Valorado (5/5) (5/5 | 14 votos)

|

 Compartir

|

 Deja tu comentario

|

 44 Comentarios

44 .- No basta con tener cuidado con las preferentes, yo recomiendo a los lectores tener pero que mucho cuidado con TODAS SUS INVERSIONES EN ESPAÑA, e incluso en la zona euro. Dentro de pocos días, en cuestión de semanas como mucho, le van a bajar el rating a la Deuda de España, y ésto va a precipitar y acelerar todo el proceso, los inversores internacionales van a huir masivamente de España, los que queden pues hay muchos que ya han huido, y en pocos meses la situación de España va a ser la que ahora tiene Grecia, dificultad para financiarse mediante la emisión deuda, pero con una diferencia, si para Grecia se necesitan unos 80.000 millones de euros, para España se necesitarían cinco veces más, y éso no hay quien pueda ponerlo, además los alemanes se van a negar, con razón, a seguir pagando, y vamos inexorablemente al DEFAULT, la salida del euro y el corralito bancario, así que el que no haya salido huyendo de España que aproveche, ya queda muy poco tiempo, los insensatos que nos gobiernan están dispuestos a quedarse con todo nuestro dinero, ni un euro en España, apostar por el dólar y el CHF, el euro no levantará cabeza después el hundimiento de España.

Pero Mudo

43 .- Hola samu

por supuesto que la responsabilidad primera es del inversor, eso por descontado y siempre sera asi. Como usted dice, hay que leer lo que se compra y entender los riesgos.

Hasta ese punto todo claro.

El problema es cuando se cambian las reglas cuandi el partido esta en el descanso o uno de los equipos va perdiendo.

Lo que la CE dice es que si una entidad que ha tenido beneficios en el 2009 emite deuda con el aval del gobierno en el 2010, esa entidad puede estar exenta de pagar su deuda legitimamente comprada por usted o por cualquier otro.

A mi, personalmente, me pone los pelos de punta visto que otras entidades europeas empezaron por no pagar cupones de deuda subordinada y se pasaron despues a no pagar titulizaciones de hipotecas.

Si eso lo hacen entidades europeas, me pregunto si no lo haran las nuestras.

Todo ello legalmente y con el ok de las Autoridades.

Por eso la razon del articulo. Solo avisar. Si no pasa mejor.

Saludos.

desde londres

42 .- Hola Santiago

perdone que no le haya respondido antes pero no he reparado em su comentario hasta ahora.

Tiene usted razon, un accionista es responsable de las perdidas como beneficiario de las ganancias de la sociedad, pero en su proporcion.

Si un accionista solo recibe la infinitesima parte de los beneficios que supone tener 1 accion, debe ser infinitesimamente responsable del saneamiento de la sociedad.

El problema es que la CE habla de reparto de la carga sin mas. En que porcentaje?. Igual que el de los dirigentes? . Igual que el de los acreedores? . O el 100?.

En su ejemplo, usted es accionista y dirigente ejecutivo de la entidad. No es igual que una entidad financiera con 7 millones de accionistas.

Saludos

desde londres

41 .- #40 Precisamente, sí vd. es habitual de esta columna de "desde londres", habrá entendido que el columnista intenta justo lo contrario de sentirse victima propiciatoria y confiada.
Más bien lo que intenta es que no nos fiemos de nada, ni de nadie, ni siquiera de lo escrito.

Por decirlo en castizo: Todo ese conjunto de agentes mencionados tiene un objetivo común, unos como ejecutores directos y otros como colaboradores, que haya un trasvase de dinero, desde el bolsillo de vd. [y del mío y otros tantos palomas] al de ellos.

De fiarse nada, de confiar menos y de dar el sí previa contratación de la agencia Pinkerton.

JOTALE

40 .- #39 Verá, nadie ni nada aconseja que no intente uno enterarse de lo que firma o compra.
Pero muy pocos o casi nadie somos expertos en todo.
Si tan simple fuera la solución, sobraban la SEC, la CNMV y hasta los abogados.
Si se compra un producto, es porque su creación y condiciones de compra y evolución están aprobadas por un organismo oficial que uno también paga en sus impuestos.
No he visto yo, en lo poco que conozco, una emisión autorizada donde avisen de que la deuda se contabiliza así y que, si como consecuencia del engaño peta, la autoridad competente va a exonerar de su pago a la entidad emisora, si esta tiene ayuda pública.
Y aquí por añadidura, esa autoridad competente autoriza a las agencias oficiales calificadores a encubrir o tomar parte en el engaño.

Por cierto, ¿Sabe vd. si las agencias de calificación de deuda tienen intereses creados con las emisoras?.
Porque a lo mejor no se trata solo de leer el follero de lo que se compra.

JOTALE

los más leidos los más leidos los más comentados los más enviados