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La CNMV vuelve a subrayar que Nueva Rumasa no emite ningún pagaré, lo hacen sus filiales

Nueva Rumasa

EP - 15/10/2009 19:20h

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La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), pese a que se ha declarado no competente en las emisiones de pagarés de sociedades no cotizadas, advirtió hoy por tercera vez sobre las emisiones de pagarés de Nueva Rumasa, que, según detalló, no han sido inscritas en el Registro Mercantil, del mismo modo que no existe en este momento constituida e inscrita en el Registro de Bienes Inmuebles "ninguna garantía" sobre las existencias de licor publicitadas.

En un comunicado, el organismo supervisor señaló que la tercera emisión de pagarés que está anunciando la compañía tampoco constituye, por sus características (nominal de 50.000 euros) una oferta pública. Además de las consideraciones realizadas en las dos advertencias anteriores (en mayo y en septiembre pasados), la CNMV afirmó que ha tenido conocimiento a través de manifestaciones de diversos representantes y asesores de la compañía de la familia Ruiz Mateos que Nueva Rumasa no es la emisora de los pagarés.

"La entidad Nueva Rumasa es una sociedad anónima que no es la cabecera de ningún grupo de empresas ni un 'holding' que aglutine las participaciones de los accionistas comunes en tales sociedades", precisó el organismo que preside Julio Segura. En consecuencia, los pagarés son emitidos por una empresa "concreta y determinada", que responde de la devolución de principal e intereses únicamente con su patrimonio, sin posibilidad, en principio, de derivar responsabilidad alguna sobre el patrimonio de otras compañías, por más que pertenezcan a accionistas comunes.

Según la CNMV, el hecho de que las emisiones no hayan sido inscritas en el Registro Mercantil supone, "sin perjuicio de otras consecuencias", que no han sido objeto de revisión y calificación por un registrador mercantil, especialmente en lo referente al límite máximo de endeudamiento previsto en la Ley de Sociedades Anónimas.

En relación con las garantías, el supervisor recalcó que en el Registro de Bienes Muebles no existe "ninguna prenda sin desplazamiento de posesión" sobre las existencias de licor a que se refiere la publicidad a favor de los suscriptores de ninguna emisión de pagarés."En la eventual y futura constitución de una prenda sin desplazamientos de posesión, el valor de la cosa objeto de la garantía declarada por el deudor, constituyente de la prenda, no será objeto de revisión por ningún experto independiente designado por el Registro Mercantil", advirtió. El organismo volvió a recomendar a los inversores que soliciten el asesoramiento de una entidad habilitada antes de tomar una decisión de inversión.

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