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Altae (Caja Madrid) sufre la primera condena por el 'caso Lehman' en España

Altae Caja Madrid Lehman condena juicio

Altae (Caja Madrid) sufre la primera condena por el 'caso Lehman' en España

Fachada de la sede del banco Lehman Brothers en Nueva York (Efe).

@Eduardo Segovia - 29/09/2009 06:00h

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Altae, el banco privado de Caja Madrid, ha sufrido la primera condena que se dicta en España por la actuación de una entidad financiera respecto a los productos afectados por la quiebra de Lehman Brothers. La sentencia considera que Altae incumplió sus obligaciones de información y asesoramiento a sus clientes, y sienta un precedente importantísimo para las múltiples demandas presentadas contra otras entidades por casos similares a éste.

Esta sentencia, dictada el 2 de septiembre por el juzgado de primera instancia número uno de Madrid, responde a la primera demanda en relación a la quiebra de Lehman, presentada en diciembre del año pasado por dos clientes de Altae que perdieron 300.000 euros en bonos del banco norteamericano. A diferencia de la mayoría de los afectados por este escándalo -que tenían productos estructurados cuyo funcionamiento desconocían-, los demandantes sí eran conscientes de que tenían bonos de Lehman, que adquirieron porque Altae se los vendió como un producto "totalmente seguro".

Lo que sí es común al conjunto de afectados es la falta de información y el incumplimiento de las obligaciones del asesor, acusaciones que da por probadas la sentencia a la que ha tenido acceso El Confidencial. La jueza Elena O'Connor distingue dos momentos distintos en la actuación de Altae. El primero es la compra de los bonos, realizada en 2005, y ahí el fallo considera que no hubo incumplimiento por parte del banco, ya que los clientes contaron con la información que exigía la ley.

Es en el segundo momento, la quiebra de Lehman, donde se produce la mala práctica de la filial de Caja Madrid, según la citada jueza. En primer lugar, dado que ya había entrado en vigor la normativa MiFID y que los demandantes eran considerados minoristas (merecedores de la máxima protección), "esta protección no puede limitarse, como pretende la demandada, al momento de adquisición de los bonos, sino que se prolonga a lo largo de toda la vida del contrato de asesoramiento financiero".

Desconocimiento y falta de protección

Y esa protección no se prestó, puesto que la sentencia considera acreditado que Altae "no cumplió de forma diligente con esa obligación de asesoramiento e información al cliente acerca de elementos que resultaban esenciales para decidir acerca de la venta de los bonos".

Aquí la sentencia se muestra muy dura con la empleada de la entidad encargada de la gestión del patrimonio de estos clientes, de la que dice que "parecía no tener más información que los propios clientes, consideraba prácticamente imposible la pérdida de la inversión" y aseguró que era imposible vender los bonos, cuando en el propio informe pericial presentado en el juicio por Caja Madrid se asegura que se efectuaron ventas similares, aunque fuera por un 38% de su valor nominal. "La entidad no suministró esa información concreta y necesaria para decidir y, con ello, le privó de esa posibilidad", añade el fallo.

Dicho informe pericial, elaborado por AFI, sostenía que era imposible prever la quiebra de Lehman pese a la evolución de los mercados en los días anteriores. Pero la sentencia considera que eso no es lo relevante: "No se le exige a la demandada que responda de la buena o mala gestión de Lehman Brothers, ni se le pide que adivine tres años antes la posible quiebra de una entidad financiera aparentemente sólida y fiable (...), lo que se le exige es que, siendo notorios en el verano de 2008  los rumores acerca de las dificultades de Lehman Brothers, hubiera actuado con más diligencia a la hora de informar a sus clientes de las posibles operaciones que se estaban realizando, por si decidían vender aun cuando ello supusiera una pérdida de dinero".

Un valioso precedente

Este razonamiento es lo más relevante de la sentencia por cuanto puede ser invocado como precedente en juicios posteriores contra otras entidades. La defensa de muchos bancos y cajas se basa en esa tesis de que nadie, ni siquiera las agencias de rating, anticipó la quiebra de Lehman hasta el mismo día en que se produjo. Pero eso no importa, ya que las entidades debían haber informado a sus clientes de esa eventualidad y de todos los aspectos que les afectaban, empezando por el hecho de que tenían bonos de Lehman sin ser conscientes de ello, como ocurre en la mayoría de los productos estructurados.

Por todo ello, la jueza concluye que existió incumplimiento de ese deber de asesoramiento e información. Ahora bien, no estima por completo la reclamación económica de los demandantes, puesto que si hubieran vendido los bonos en esos momentos no habrían obtenido el 100% de su valor, sino sólo el 38% al que se realizaron las transacciones similares. En consecuencia, fija la indemnización en el 38% de los 300.000 euros, es decir, 114.000 euros.

Los demandantes, representados por el Estudio Jurídico García Campos, han recurrido esta sentencia ante la Audiencia Provincial por considerar que debe restituírseles el total de su inversión, y se espera que Caja Madrid también lo recurra por disconformidad con estos argumentos. La entidad no respondió a las llamadas de El Confidencial sobre este asunto.

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Opiniones de los lectores (11)

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11. usuario registrado gumersindo06/10/2009, 22:57 h.

#3 Tu si que tienes FALTA DE ARGUMENTACION. No sabes lo que dices

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10. usuario registrado patric30/09/2009, 17:38 h.

Alguie cree, en su fuero interno, que si le hubieran ofrecido vender sus bonos de Lehman a un 38% de su valor realmente los habría vendido. Hoy a toro pasado es fácil decirlo pero en aquel momento no estaba tan claro que dejaran quebrar a una de las entidades más importantes norteamericanas.

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9. usuario registrado rodericum30/09/2009, 16:35 h.

A estas alturas y con la cantidad de informacion de la que disponemos veo que todavía hay personas que creen que hay duros a cuatro pesetas. La única realidad es que no hay ninguna inversión totalmente exenta de riesgo ni 100% garantizada. La rentabilidad siempre va asociada a un nivel de riesgo, por lo tanto lo bonos pagan un interés más alto por que tienen mayor o menor riesgo y si se buscan intereses más altos hay que ser consciente de que se asume riesgo.

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8. usuario registrado meurseau29/09/2009, 19:03 h.

Si alguien sabe donde puedo encontrar la sentencia por favor que lo ponga en un post!

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7. usuario registrado ahilehasdado29/09/2009, 17:12 h.

#6 lo que tienes que hacer es aprender a leer, pq es un tipo fijo, o traduciendo, pagas siempre lo mismo, pase lo que pase. Dale a Bankinter, dale...a ver que consigues.

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