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Botín se juega 3.600 millones en ABN si Bruselas sanciona a España por deducir el fondo de comercio

ABN Amro

@Eduardo Segovia.- - 09/10/2007

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Botín se juega 3.600 millones en ABN si Bruselas sanciona a España por deducir el fondo de comercio
 El presidente del Banco Santander, Emilio Botín (Efe).

Un escalofrío recorre la espalda de los directivos de todas las grandes empresas españolas. La próxima apertura de un expediente de la Comisión Europea a nuestro país por la deducción fiscal del fondo de comercio puede suponer unos ingentes gastos inesperados para las compañías que han acometido adquisiciones en el extranjero. Actualmente, la gran operación en marcha, la adquisición de ABN Amro por parte de Santander, se encarecería cerca de 3.600 millones si el expediente se cierra con sanción.

Esta deducción en el Impuesto de Sociedades fue aprobada en 2002 por el Gobierno de José María Aznar como incentivo a la internacionalización de las empresas españolas, pero desde entonces ha levantado muchas ampollas en nuestros socios comunitarios, que consideran que las compañías españolas cuentan con una ventaja injusta a la hora de pujar por otras empresas; ventaja que les permite pagar un precio más alto que sus competidoras europeas.

Técnicamente, se denomina “fondo de comercio financiero” y consiste en la deducción, a lo largo de 20 años (a razón del 5% anual), de la diferencia entre el precio pagado por una empresa y su valor contable. “Esta deducción implica que el 30% -el tipo del Impuesto de Sociedades- del fondo de comercio que pagan las empresas en sus adquisiciones se lo regalamos todos los españoles”, explica gráficamente un experto fiscalista.

En el caso del Santander, ese “regalo” asciende a unos 3.600 millones de euros, puesto que distintos analistas estiman en 12.000 millones el fondo de comercio que generarán los activos que ha comprado en ABN Amro, frente a un precio total de 19.900 millones. Para lograr mantener el descuento, fuentes jurídicas aseguran que Santander ha contratado los servicios de Garrigues para defender sus intereses en Bruselas, extremo que desmiente la entidad.

Pero no hablamos sólo de Botín: todas las empresas españolas que han comprado desde 2002 (Telefónica-O2, Ferrovial-BAA, Iberdrola-Scottish Power, Metrovacesa-Gecina, Santander-Abbey, BBVA-Compass-Texas Regional…) ven peligrar el grueso de esa deducción, ya que sólo se la han aplicado cuatro años, de los 20 que permite la ley.

Aspectos polémicos

Esta exención fiscal tiene varios aspectos muy polémicos, como que sólo se aplica a las compras en el extranjero, no en España. Y ya rizó el rizo con la entrada en vigor en 2005 de las normas internacionales de contabilidad: estas normas suprimieron la obligación de amortizar el fondo de comercio –no castiga las cuentas-, pero la deducción fiscal se mantuvo (es decir, ahora las empresas calculan el fondo de comercio únicamente a efectos fiscales).

Hace unos meses, la comisaria Neelie Kroes pidió información al Gobierno español sobre esta deducción. Nuestro Ejecutivo contestó que no puede considerarse una ayuda de Estado porque, cuando la empresa española venda la adquirida, tendrá que tributar íntegramente por la plusvalía. Pero parece ser que no le satisfizo, puesto que ahora va a abrir el citado expediente. Precisamente, esta apertura se produce a instancias del Partido Nacionalista Escocés, molesto con la compra de Scottish Power por Iberdrola.

La retroactividad no importa demasiado

La mayoría de los expertos considera que la prohibición de esta ventaja no debería ser retroactiva, aunque hay precedentes para las dos cosas: hubo retroactividad en el caso de las ‘vacaciones fiscales’ vascas y no la hubo en la de la deducción por exportación (que también fue considerada ayuda de Estado). Pero este debate no es demasiado importante: aunque no tengan que devolver los incentivos logrados hasta ahora, las empresas perderían todas las deducciones que tenían previstas hasta llegar a los 20 años, lo cual las obligaría en muchos a casos a reformular sus cuentas.

La posición oficial del Ejecutivo, expresada en varias ocasiones por el secretario de Estado de Hacienda, Carlos Ocaña, es que la deducción “es razonable y cumple la normativa comunitaria”. Respecto a las acusaciones de dumping fiscal, fuentes del Ministerio recuerdan que “hay otros países con un tipo del Impuesto de Sociedades mucho más bajo que el español”. Por ejemplo, el de Irlanda es del 12,5%.

Esta actitud es respaldada por algunas firmas relevantes: Ricardo Gómez-Acebo, de Deloitte, considera que “sancionar a España por esta deducción sería injusto y muy erróneo”. Otras, sin embargo, consideran que no tiene sentido “una deducción que favorece a muy pocos contribuyentes y que incentiva a la deslocalización de actividades y desincentiva la inversión de empresas extranjeras en España”. “Y una ayuda que dura 20 años es un chollo”, añaden.

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Opiniones de los lectores (10)

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10. DUDOSOMartes, 09/10/2007, 13:05 h.

El Fondo de Comercio español puede aprovecharse mediante una planificación fiscal correcta. El Fondo de Comercio Financiero evita la no posibilidad de aprovechamiento del FC en adquisiciones extranjeras. No es un beneficio que subvencionan el resto de contribuyentes, es una diferencia temporal del impuesto que revierte si se desinvierte en la participación. No beneficia a Santander, si no a cualquier empresa que adquiera acciones de una entidad extranjera. Por cierto, la internacionalización de las empresas españolas es CLAVE para el desarrollo del país. Otros países tienen otros instrumentos, Luxemburgo tiene un régimen de semi paraíso fiscal para inversiones de EEUU. Para crear riqueza en el país, mejor crear empleo que pagar impuestos (hay mucho inútil político).

9. usuario registrado pijuz magnificuzMartes, 09/10/2007, 12:47 h.

Una pregunta el redactor de la noticia

Si Botin se juega 3.600 millones, ¿Cuanto se juegan el resto de los accionistas del banco?

Debe de ser un pastizal, teniendo en cuenta el porcentaje de su participacion.

Como lego en materia económica me parece muy justo que existan gobiernos que apoyen a la internacionalización de sus empresas via deducciones.

Si no existe una política impositiva comun, como parece demostrar el que Irlanda tenga ese porcentaje de impuesto sobre sociedades, no se porqué la Comisión Europea puede tumbar estas deducciones.

¿O es que despues de pagar sus impuestos a las empresas irlandesas no les quedan mas beneficios que a las españolas para "salir" de compras?

8. usuario registrado Vicente TorresMartes, 09/10/2007, 12:46 h.

Botín siempre gana. Al menos es lo que me parece a mí. http://xpuntodevista.blogspot.com

7. El botín de BotínMartes, 09/10/2007, 12:35 h.

Respecto el comentario 4:, si bien las NIFF´s impiden amortizar el Fondo de comercio (FCF), el 12.5 TRLIS permite amortización fiscal del FCF mediante ajuste extracontable. Tema complejo. Sin duda es ayuda de Estado, sin duda el tema puede acabar mal, pero sin duda fue un error no notificar dicha ayuda en el momento de aprobación a la Comisión, como si que se hace ahora en la última reforma fiscal. ¡Y luego nos metemos con los socialistas! De nuevo una muestra de como en nuestra querida piel de toro con tanta preocupación por las banderitas, himnos y demás cuestiones bastante irrelevantes nos olvidamos que en el mundo, sobre todo en Europa existen cuestiones muy candentes. Fiscalidad, educación pero la de verdad no la de ciudadania... , I+D+i. Y aquí tanto es culpa de PP como de PSOE...

6. yaneroMartes, 09/10/2007, 12:06 h.

El Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades establece el principio de contabilización de los gastos para la deducción fiscal (cierto), sin embargo existe una (hay otras) excepción a este principio y aparece justamente en el Fondo de Comercio Financiero Internacional. Por lo tanto, aunque el BSCH utilice norma de contabilidad internacionales, podrá amortizar el fondo de comercio al 5% anual. (la culpa no es de Botín, sino del Estado).

 

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