Bolsas
Florentino Pérez no tendrá que lanzar una OPA sobre Iberdrola si se pasa del 30% del capital

El presidente de ACS, Florentino Pérez (Efe).
@E. Segovia / M. Igartua.- - 27/09/2007
Florentino Pérez se ha encontrado un regalo inesperado a la vuelta de vacaciones. La redacción final del nuevo decreto de OPAs –que entró en vigor el 13 de agosto- ha eliminado los dos obstáculos del borrador de julio que le complicaban extraordinariamente el asalto a Iberdrola: la obligación de lanzar una OPA si se pasaba del 30% del capital de la eléctrica, a pesar de tener los derechos de voto limitados al 10%, y la imposibilidad de fusionarla con Fenosa sin lanzar una oferta por el 100%. Ahora tiene vía libre para asaltar la eléctrica vasca.
El texto definitivo cambia el umbral para que sea obligatorio lanzar una OPA del 30% del capital (como se recogía en el borrador) al 30% de los derechos de voto. Aunque existe cierta polémica entre los juristas sobre cómo afecta esto a los blindajes como el de Iberdrola, la doctrina más extendida es que no hay obligación de lanzar oferta si un comprador (ACS, en este caso) supera el 30% del capital, pero no puede ejercer esos derechos de voto. La CNMV será quien tenga la última palabra a la hora de interpretar la norma.
Según fuentes de la banca de inversión, la opción preferida por Florentino para abordar sobre Iberdrola es tomar una participación de control, es decir, que supere el porcentaje en manos del bando del presidente de la eléctrica, Ignacio Sánchez Galán, ligeramente por debajo al 30%. Lo que no quiere de ninguna manera es lanzar una OPA sobre el 100%, ya que no dispone de los 51.385 millones que cuesta Iberdrola al cierre de ayer. El texto definitivo abre la puerta a esta posibilidad, siempre que la vasca mantenga esa limitación de los derechos de voto al 10%.
Fusión sin OPA
Respecto a la posibilidad de una fusión con Fenosa, en el citado borrador el Ministerio de Economía había introducido una modificación del artículo 7.1 según la cual se ampliaba la obligación de lanzar OPA a los accionistas de las sociedades afectadas cuando, como consecuencia de la operación, alcanzaran en la sociedad cotizada un porcentaje superior al 30%. En el caso que nos ocupa, ACS superaría el 30% de Iberdrola, lo cual habría obligado a Pérez a lanzar una oferta sobre el total de Iberdrola o a reducir su participación por debajo del 30%.
Sin embargo, el texto definitivo del decreto elimina este párrafo y excluye la necesidad de lanzar OPA en los casos de fusiones con lógica empresarial, como sería el de las dos eléctricas. Aquí también será la CNMV la que, en un plazo de 15 días, decida si la operación es de control o empresarial, para lo que exigirá un informe de un experto independiente. Un requisito que no supondría ningún problema para Florentino.
Ahora bien, sí tendría un escollo en la otra exigencia que introduce la nueva norma: que la empresa que plantea la fusión –Fenosa en este caso- no puede votar en la junta de accionistas de la empresa absorbida –Iberdrola- que debe convocarse para aprobar la operación. Serían los minoritarios (en torno al 60% del capital) los que inclinarían la balanza a favor de Florentino o de Galán.
Fernando Torrente, socio de Cuatrecasas, defiende la lógica global de este cambio porque “no tenía sentido tener que hacer una OPA cuando un accionista superara el 30% como resultado de una fusión, ya que la intención de los accionistas que acuerdan la operación es hacer una empresa más grande y fuerte, no quedarse con el 100% del capital”. Esta modificación ha sido introducida por los técnicos de la Dirección General del Tesoro y no por presiones ‘de arriba’, según distintas fuentes consultadas.
Efectos colaterales
Este cambio del tratamiento de las fusiones tiene un efecto colateral muy importante, según varios bufetes de abogados: el fin de las escandalosas ecuaciones de canje que se han aplicado impunemente en los últimos años en este tipo de operaciones. Casos como el de Terra o –más atrás en el tiempo– el de Metrovacesa serán imposibles, en teoría, con la nueva normativa.
Al tener que abstenerse en la junta de accionistas, las empresas que planteen una fusión no podrán plantear canjes que perjudiquen al minoritario, porque éste será el que tenga el poder de aprobar o rechazar la operación. Según Rafael Sebastián, socio de Uría y Menéndez, este precepto “va a dar mucho juego”, ya que muchas empresas no podrán hacer fusiones obligatorias y tendrán que lanzar OPAs de exclusión.
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