Miércoles, 1 de mayo de 2013

Valor Añadido - S. McCoy

Valor Añadido

S. McCoy

 0 Comentarios 17/05/2007  - null

¿Golpe fiscal al capital riesgo en EEUU? Una oportunidad para España

Llama la atención el escaso predicamento que ha encontrado entre la prensa especializada española la iniciativa liderada por dos senadores demócratas norteamericanos, Max Baucus y Charles Grassley, destinada a cambiar el tratamiento fiscal del carried interest percibido por los gestores de las entidades de capital riesgo en Estados Unidos.

Frente a la tributación actual del 15%, al ser considerado como ganancias de capital, estos dos miembros del Comité de Finanzas del Senado defienden que la tasa impositiva de aplicación sea del 35%, equiparando dicho carried interest al resto de los ingresos personales del contribuyente. La propuesta sitúa el debate en tres planos distintos, a cada cual más interesante.

Primero: ¿Cual es el papel que juega el capital riesgo en la economía?. Indudablemente igualando la carga fiscal de los rendimientos a largo plazo derivados, no lo olvidemos, de la asunción de un determinado riesgo empresarial, a la tributación de las rentas del trabajo, se identifica la tarea de las entidades de private equity más con el campo de la especulación que con el de la inversión.

Este debate académico, que tantas opiniones diversas ha suscitado en los últimos 18 meses, quedaría zanjado por la vía de fiscalidad de forma inmediata e injusta, a mi entender. Una cosa es la mayor o menor caducidad de la inversión y otra la creación de valor adicional, una vez devuelto el capital y el retorno mínimo previsto, que es sobre la única sobre la que se percibiría esa remuneración.

En segundo lugar, el debate se centra en el plano puramente fiscal. En un doble aspecto. Por una parte en lo que se refiere a la finalidad última de la labor impositiva delegada por los ciudadanos en las autoridades. Si uno se aferra a la idea tradicional de una redistribución de la renta que justificaría la progresividad del impuesto, resulta cierto que determinadas percepciones dinerarias por parte de gestores de capital riesgo resultan, desde esa óptica, excesivas y deberían ser “penalizadas” en aras de un mejor reparto de la salud financiera común.

Sin embargo, la fiscalidad ha de ser lo suficientemente benévola como para primar la iniciativa empresarial, garante en último término de la creación de empleo y de las propias rentas del trabajo (algo que, por cierto, algunos autores discuten igualmente que haga el private equity). Desde esta óptica, la posición del gestor de capital riesgo como perceptor de rentas, por una parte, y creador de riqueza por otra, cuya tributación correspondería más al ámbito del impuesto de sociedades, le sitúa en el marco de la ambigüedad acerca de la primacía de una sobre la otra o viceversa. Resulta una cuestión difícil de resolver en treinta líneas si bien lo sensato parecería crear una figura ad-hoc intermedia entre uno y otro impuesto de tal forma que ni quede asimilada a una ganancia de capital, que no lo es ya que se trata de una retribución adicional, ni se viera penalizada por la consideración de mera renta del trabajo que no contempla el aspecto de contribución económica general.

Por último, se encuentra una cuestión menor aquí pero de extraordinaria importancia en EE.UU. Mediante un cambio del marco tributario del estilo del que proponen Baucus y Grassley, se desincentivaría notablemente la actividad del capital riesgo en Estados Unidos lo que podría llegar a provocar una deslocalización de su actividad inversora hacia lugares donde la tributación del carried interest fuera más benevolente. Y ofertas no le iban a faltar.

Alemania mismo está trabajando en una ley de entidades de capital riesgo que busca mejorar la fiscalidad de este tipo de entidades, si bien su primer borrador conocido ayer ha sido calificado por la industria como decepcionante. En un momento en el que Estados Unidos necesita más que nunca atraer capital a su economía, o al menos evitar que salga, dada la complicada situación de su balanza exterior, la aprobación de una medida como la propuesta no podría llegar en peor momento.

En España el vacío legal existente, ha obligado a los gestores a agudizar el ingenio con el fin de salvar el escollo del marginal máximo en su factura impositiva anual de tal forma que las estructuras fiscales establecidas son de lo más variopinto. Sin embargo, no haría mal el regulador, vista la escasa capacidad de nuestro pais para atraer capitales del exterior, en aprovechar esta oportunidad para establecer un marco atractivo que facilite la implantación en nuestro país de mayores y mejores gestores de capital riesgo. Algunos discutirán que mejor atraer inversores reales que financieros. Pero al final, en estos días que corren, ¿dónde está la frontera?

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Experto financiero que escribe Valor Añadido. Es un incisivo analista que despertó el interés de nuestros lectores con sus brillantes y didácticos artículos sobre empresas, sectores y tendencias del mercado.

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